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Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)

Acceso para personas con discapacidades

Los usuarios de los tribunales, incluidos los jurados, las partes en un caso, los testigos, los abogados y otros, pueden recibir adaptaciones razonables de los tribunales si es necesario para participar plenamente en los programas o servicios de los mismos. Para obtener más información, lea el folleto para personas con discapacidades que solicitan adaptaciones.

Es responsabilidad de la persona comunicarse con el tribunal para solicitar las adaptaciones que mejor se acomoden a su situación. La persona puede solicitar una adaptación completando la Request for Accommodations by Persons with Disabilities (Solicitud de adaptaciones para personas con discapacidades) (Formulario MC-410 del Consejo Judicial). Si la persona participa en más de un caso, debe presentar una solicitud por separado (Formulario MC-410) para cada caso. La persona debe notificar al tribunal con la mayor anticipación posible y presentar su solicitud al menos cinco días hábiles antes de la audiencia. Tenga en cuenta que el Coordinador de la ADA basará su decisión en el Reglamento Procesal de California, Regla 1.100, que se encuentran en el sitio web del Consejo Judicial.

Presente el formulario llenado en persona en la Oficina del secretario, envíelo por fax al (530) 458-2230 o por correo a:
Colusa County Superior Court
Attn: ADA Coordinator
532 Oak Street, Colusa, CA 95932

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