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Programa de jueces temporales

Acerca de

La Corte Superior del Condado de Colusa está creando un Programa de jueces temporales. El programa comenzará el 1.º de enero de 2020. El tribunal invita a abogados calificados a unirse al nuevo panel de jueces temporales. Los abogados calificados presidirán varios tipos de casos, incluyendo demandas menores, tránsito, ocupaciones ilegales y derecho familiar.

El tribunal busca maximizar el potencial de un grupo diverso de solicitantes. El tribunal alienta a todos y cada uno de los abogados elegibles a solicitar ser jueces temporales independientemente de su género, raza, etnia, discapacidad, religión, orientación sexual, edad u otra clase protegida. Entre las cualificaciones que el tribunal considerará en el proceso de selección se encuentra el contacto y la experiencia del solicitante con poblaciones diversas y problemas relacionados con esas poblaciones.

Los jueces temporales se utilizan a discreción del Juez presidente. Ni el nombramiento ni el servicio como juez temporal crea una relación laboral con el tribunal.

Requisitos

Para recibir la certificación de la Corte Superior del Condado de Colusa para participar como juez temporal se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe ser un abogado acreditado por el Colegio de Abogados del Estado de California sin ninguna acción disciplinaria pendiente, ni condenas por delitos mayores y haber sido habilitado para ejercer al menos 10 años antes de la designación. Por un motivo fundado, el Juez presidente puede permitir a un abogado haber sido habilitado para ejercer durante al menos 5 años para ser elegible.
  • Llene y envíe la Temporary Judge Application (Solicitud de juez temporal). La solicitud del Programa de jueces temporales se puede llenar y está disponible en este sitio web utilizando Adobe Acrobat Reader DC. Si no tiene Adobe Acrobat Reader DC, puede descargar la solicitud de forma gratuita desde el sitio web de Adobe. No se aceptarán solicitudes llenadas a mano.
  • Los abogados deben completar las horas de formación como se indica a continuación:
Cursos requeridos Información Duración del curso
Conducta y comportamiento de los magistrados Solo capacitación presencial 3 horas
Ética Capacitación en línea disponible 3 horas
Al menos un área de las siguientes áreas del derecho sustantivo:
demandas menores, tránsito, ocupaciones ilegales y/o derecho familiar
Capacitación en línea disponible Horario variable

Solicitud

No se aceptarán solicitudes llenadas a mano. La solicitud del Programa de jueces temporales se puede llenar y está disponible en este sitio web utilizando Adobe Acrobat Reader DC. Si no tiene Adobe Acrobat Reader DC, puede descargar la aplicación de forma gratuita desde el sitio web de Adobe.

Solicitud del programa de jueces temporales

Presente su solicitud en persona o por envíela por correo a:

Colusa County Superior Court
Temporary Judge Program
532 Oak Street
Colusa, CA 95932

Preguntas frecuentes:

Un abogado que ofrece su tiempo como voluntario y está capacitado para realizar audiencias para escuchar y decidir casos. También, llamado "juez pro tem".

La información sobre los requisitos y la solicitud para convertirse en juez temporal está disponible en línea. Si tiene alguna pregunta después de leer estas secciones, puede comunicarse con el Funcionario ejecutivo del tribunal.

Sí. Debe ser un miembro de pleno derecho desde hace diez (10) años. Por un motivo fundado, el Juez presidente puede permitir a un abogado haber sido habilitado para ejercer durante al menos cinco (5) años para ser elegible.

Sí. Para servir o continuar sirviendo como juez temporal, dos cursos son obligatorios: Ética y Conducta y comportamiento de los magistrados. Ética se puede tomar en línea. Los solicitantes deben asistir a la capacitación de Conducta y comportamiento de los magistrados en persona. Se debe completar una clase adicional de una o más de las siguientes áreas antes de que un abogado pueda ser certificado y asignado: los jueces temporales solo pueden participar en salas de justicia que manejen asuntos en los que se han capacitado y certificado.

  • Demandas menores es una formación de dos módulos (Formación en línea disponible)
  • Tránsito (Formación en línea disponible)
  • Ocupación ilegal (Formación en línea disponible)

Sí, si está aprobado para participar como juez temporal, se requiere que presida un mínimo de cuatro (4) veces al año.

Esto depende de las necesidades del tribunal y de las áreas en las que ha sido certificado para participar. Se tomarán en consideración su disponibilidad y preferencias de la materia. Intentaremos asignarlo en función de estos factores junto con las necesidades del tribunal. También tratamos de distribuir las asignaciones entre todos los jueces temporales certificados para que todos tengan la oportunidad de presidir. Si tiene dudas sobre la frecuencia de las asignaciones, comuníquese con el Funcionario ejecutivo del tribunal para hablar sobre el asunto. Un juez temporal brinda un gran servicio a la comunidad y a la Corte Superior, por lo que haremos todo lo posible para adaptarnos a su horario.

Si usted es un fiscal penal o un abogado defensor penal que se presenta en un tribunal de tránsito, no se le asignará a una sala de justicia de tránsito. Si la parte principal de su práctica es representar al demandante/peticionario o al demandado/acusado en demandas menores u ocupaciones ilegales, no se le asignará a una sala de justicia que haga audiencias sobre estas materias. Por lo demás, puede prestar servicios en otras materias una vez que haya completado la formación requerida.

La Regla Procesal 10.745 de California requiere que el desempeño de un juez temporal se revise periódicamente y también permite el monitoreo por varios medios. Cuando se recibe una denuncia, el juez que preside el programa investigará la denuncia y preparará una respuesta. Si se recibe una denuncia, se le notificará y es posible que se le solicite su opinión durante la investigación. Además, como se indica en la solicitud que presentó al tribunal, tiene la obligación continua de divulgar cualquier actividad según se describe en la Regla Procesal 10.744(b) y (c) de California.

Sí. El período de elegibilidad para servir como juez temporal de conformidad con el Reglamento Procesal de California. La Regla 2.812 es válida por un período de tres años. Al final del período de tres años, se debe presentar una solicitud de renovación para continuar sirviendo como juez temporal. Los abogados que renueven su condición de juez temporal también deben proporcionar la verificación de la capacitación obligatoria en Conducta y comportamiento de los magistrados y Ética, y una materia sustantiva. Para evitar una interrupción en su servicio, debe realizar un seguimiento de estas fechas de forma independiente.

Sí, puede recibir créditos de Educación Jurídica Continua Mínima (Minimum Continuing Legal Education, MCLE) por sus cursos para servir como juez temporal.

El Código de Ética Judicial de California, Canon 6D.9(a)-(b) dice:
(a) Un juez temporal designado en virtud de la regla 2.810 del Reglamento Procesal de California, desde el momento del nombramiento y de forma indefinida después de la terminación del nombramiento, no utilizará su título o servicio como juez temporal como una descripción de la profesión, vocación u ocupación principal actual o anterior del abogado en una designación de votación para un cargo judicial u otro cargo electivo, en un anuncio sobre el despacho de abogados o compañía del abogado, o en una hoja membretada, tarjeta de presentación u otro documento que se distribuya al público e identifique al abogado o al despacho de abogados del abogado.
(b) Este Canon no prohíbe que un juez temporal designado en virtud de la regla 2.810 del Reglamento Procesal de California use su título o servicio como juez temporal en una solicitud para servir como juez temporal, incluyendo una solicitud en otros tribunales, en una solicitud de empleo o para un nombramiento para un puesto judicial, en un currículum vitae individual o una declaración descriptiva presentada en relación con una solicitud de empleo o de nombramiento o elección para un puesto judicial, o en respuesta a una solicitud de información sobre el servicio público en el que se ha desempeñado el abogado". La Corte Superior se toma muy en serio esta política y cualquier infracción.

Reglas aplicables y Código de Ética Judicial

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